Noticiero VEracruz

Palabras del Sen. Santiago Creel Miranda, con motivo de la discusión del dictamen, de la minuta que modifica diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de Derechos Humanos.

Con su permiso, señor Presidente.

Hago uso de esta tribuna en representación del grupo parlamentario de Acción Nacional, para hablar a favor de la reforma a la Constitución en materia de Derechos Humanos, que hoy se presenta a este pleno y, a la vez, para pedirles a todos ustedes, senadoras y senadores, su voto a favor.

Para el Partido Acción Nacional, un partido esencialmente humanista, cuyo eje fundamental es el respeto a la dignidad del ser humano, la aprobación de esta reforma constituye un paso insustituible para lograr un Estado democrático de derecho.
Ahora los derechos humanos serán el punto de partida del orden jurídico nacional y de toda la legislación futura que se promulgue en el país.

En este sentido, las senadoras y los senadores de Acción Nacional volvemos a nuestros orígenes, defendemos nuestros principios y el ideario político que ha caracterizado la lucha de nuestro partido, el Partido Acción Nacional.

Muy pocas veces hemos estado ante la oportunidad de aprobar una reforma constitucional de esta trascendencia, que además ha sido precedida de un debate rico en su pluralidad, profundo en su reflexión y eficaz en sus resultados.

El ejercicio que hoy concluye en esta Cámara, se inició hace más de una década, en la que el Congreso y la sociedad civil organizada han participado en un debate y en una reflexión intensamente.

Solo en las últimas dos Legislaturas, el Senado de la República ha recibido 15 iniciativas que respaldan las modificaciones que hoy estamos proponiendo a la minuta que fue aprobada por la Cámara de Diputados.

Una de estas iniciativas, por cierto, fue suscrita por los coordinadores de todos los grupos parlamentarios y surgió de los trabajos realizados en la Comisión Ejecutiva de Negociación y Acuerdos del Congreso de la Unión (CENCA), conforme a lo establecido por la Ley de la Reforma del Estado.

El punto de partida de esta reforma es transformar la esencia misma de nuestra Constitución. Es empezar por lo más elemental del orden jurídico. Es reconocer que los derechos humanos son el fundamento del Estado mexicano. Es, en otras palabras, poner a los derechos humanos como piedra angular de nuestra Constitución.


Esta reforma parte del principio de que no hay materia más importante en una democracia moderna, que los derechos humanos. En esto radica su trascendencia. Abarca el reconocimiento, la protección y la promoción de los derechos humanos en el Estado Mexicano, es decir, en el orden jurídico, en su política interna y también en su política exterior.

El cambio que planteamos rompe con la antigua filosofía positivista en boga en el Siglo XIX, pero también en el ideario político del Constituyente de 1917.

Esta manera de pensar, concebía a los derechos humanos solamente en su modalidad de medio de protección, es decir, como garantía individual y no como un derecho inherente de la persona. Bajo esta concepción, sólo el Estado podía otorgar las garantías en una especie de concesión graciosa y también revocarlas o suspenderlas sin límite.

El positivismo nunca reconoció un derecho fuera del marco estatal. El cambio que estamos planteando es de filosofía constitucional puesto que, con esta reforma, los derechos humanos como tales, se reconocen como inherentes a la persona y por lo tanto, no podrán suspenderse, ni mucho menos revocarse.

Esto es precisamente lo que inspira la nueva redacción del artículo 1º de la Constitución, que establece "que en los Estados Unidos Mexicanos todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales sobre derechos humanos de los que el Estado mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección, las cuales no podrán restringirse ni suspenderse, salvo en los casos y en las condiciones que ésta Constitución establece".

Siguiendo este precepto, establecimos en el Artículo 29 constitucional, que lo que se suspende en caso de invasión, perturbación grave de la paz pública o de cualquier otro que ponga a la sociedad en grave peligro o conflicto, no son los derechos humanos en sí, sino solamente su ejercicio y esto con excepciones, puesto que los derechos humanos son inherentes a la persona, no son otorgados por el Estado y por consecuencia, insisto, no se pueden revocar, suspender o restringir.

Para definir las excepciones en materia de suspensión en el ejercicio de los derechos humanos, hemos tomado como referente lo que establece la Convención Americana de Derechos Humanos, mejor conocida como el Pacto de San José.
Tomando esto en cuenta, bajo ninguna circunstancia podrá suspenderse, por ejemplo, el ejercicio del derecho al reconocimiento de la personalidad jurídica, a la de la integridad personal, a la no discriminación, a la vida, a la libertad de conciencia, de religión o a la protección de la familia, entre otros ejercicios de derechos humanos que nunca podrán limitarse.

Esta nueva concepción protege a toda persona sin distinguir su condición social, jurídica o política. Por eso, desde el primer enunciado de la Constitución, hemos propuesto que el principio de universalidad rija en el ámbito de los derechos humanos en el país. También hemos querido precisar que los principios de interdependencia, progresividad e indivisibilidad fortalezcan la permanencia y la vigencia de este nuevo orden jurídico nacional.
Su ámbito material abarca todos los derechos humanos establecidos en la Constitución, independientemente de dónde se ubiquen -sean como garantías individuales, como garantías sociales, o simplemente como un derecho- y también, se extenderá a cubrir a aquéllos comprendidos en los tratados internacionales suscritos por el Estado mexicano.
Este nuevo orden de los derechos humanos, contará con plena protección jurisdiccional, puesto que los Tribunales Federales -de acuerdo con la reforma que recientemente llevó a cabo esta Soberanía-, estarán obligados a resolver toda controversia que se suscite por leyes, actos u omisiones de la autoridad, que violen los derechos humanos.
Aprovecho la ocasión, para hacer un respetuoso exhorto a la Cámara de Diputados con el objeto de que proceda a dictaminar y, en su caso, aprobar, la minuta que contiene diversas reformas a la Constitución, en particular las que se refieren al artículo 103, que es el que hará efectiva la protección de los derechos humanos que esta reforma propone.
Ahora bien, por absurdo que parezca, al día de hoy los derechos humanos contenidos en los tratados internacionales, que no estuviesen otorgados como garantías individuales en la Constitución, no son susceptibles de ser defendidos ante los Tribunales mexicanos.







Así, por ejemplo, ante violaciones de derechos políticos, laborales, de los pueblos indígenas, de las audiencias en medios de comunicación o de la ecología y el medio ambiente, entre otros, que estén comprendidos en los tratados internacionales, para ellos no existe recurso jurídico de permita hacerlos valer en el territorio nacional.

Invariablemente, los tribunales nacionales se han declarado incompetentes para resolver las controversias que se susciten sobre derechos humanos contenidos en tratados internacionales. En estos casos, los tribunales siempre han declarado la no procedencia de las demandas.

Por incomprensible que parezca, esto es lo que ocurre de manera cotidiana en nuestros tribunales. Es más, hemos visto casos en los que se ha tenido que acudir ante instancias internacionales, por la falta de protección que tienen los derechos humanos en nuestro país.

Inclusive, ya en varias ocasiones, los organismos internacionales -incluyendo Tribunales-- han hecho recomendaciones para que esta situación cambie en el país. En este sentido, la reforma planteada también constituye una respuesta a la comunidad internacional y a la vez hace que el Estado mexicano se inserte de una mejor manera en el concierto de naciones que defienden y protegen los derechos humanos.

Otro asunto que quisiera tomar y se ha tornado inadmisible, es lo que ha sucedido con la facultad que tiene la Suprema Corte de Justicia de la Nación para investigar hechos que constituyen graves violaciones a las garantías individuales. Cuando se han suscitado este tipo de violaciones, inclusive comprobadas por la Corte, sencillamente no ha habido manera de fincar responsabilidades. Esto, sin duda, aparte de generar una enorme injusticia, provoca una gran frustración social y debilita institucionalmente al máximo tribunal del país.

Por esas razones y, sobre todo, para que no quede ningún caso impune, se ha propuesto que esta facultad se transfiera a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y que además de investigar, pueda presentar denuncias que permitan llegar hasta sus últimas consecuencias en cada caso, es decir, al fincamiento de responsabilidades concretas y así poder sancionar y además, una cosa muy importante, reparar el daño que hubiese ocurrido.

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos también resulta fortalecida al obligar a las autoridades a fundar, motivar y publicar cuando decidan no atender una recomendación. En este caso, las autoridades podrán ser citadas a comparecer en el Senado de la República.





Otro pendiente que hoy se salda con esta reforma es uno que veníamos arrastrando desde 1998, cuando la CNDH logró su autonomía constitucional, pero sin la competencia sobre las violaciones a los derechos humanos en materia laboral.

A partir de los cambios que proponemos, el Ombudsman tendrá facultades en uno de los aspectos más sensibles desde el punto de vista social.

Para hacer consonantes con la protección de los derechos humanos a todos los niveles, hemos propuesto también que la CNDH pueda promover acciones de inconstitucionalidad en contra de leyes y tratados que vulneren los derechos humanos.






También proponemos que se unifiquen los criterios para que las comisiones estatales gocen de plena autonomía y sus presidentes sean electos mediante un procedimiento de consulta pública, para evitar que estos organismos queden subordinados a los gobiernos locales.

Los cambios que planteamos no solamente incluyen cuestiones de política interior. También obligan al Estado mexicano para que los derechos humanos sean referente un obligado en materia de política exterior.

Ahora, con estos cambios, no habrá ya excusa ni justificación para que el Estado mexicano se aleje de estos principios, independientemente de las relaciones políticas o comerciales que pueda mantener con Estados, que no garanticen la plena vigencia de los derechos humanos.



No podríamos establecer este nuevo principio en materia de política exterior sin paralelamente reconocer los derechos humanos que tienen los extranjeros en el país, incluyendo también su potestad para solicitar y recibir asilo.

Esta es una reforma que va a la raíz de uno de los principales problemas que padecemos en México y que se resume en la impunidad que suelen padecer con mayor frecuencia los más pobres, los que no tienen acceso a la educación y los grupos vulnerables.

Hasta ahora, he hablado de las propuestas que se plantean para que los derechos humanos sean respetados por las autoridades. Pero para que esto se dé de una manera eficaz, se requiere también fortalecer una cultura cívica dentro de la sociedad, que aliente a las personas para que respeten y hagan respetar los derechos humanos.

Con esta idea, la reforma que proponemos de los derechos humanos se fomenten a través del sistema educativo nacional y que no solo sea a través de la protección otorgada por los tribunales, como pueda asegurarse su respeto.

El mejor cumplimiento del derecho se debe dar no por el temor al castigo, sino por la convicción de que se está obrando correctamente y, esa convicción, debe de forjarse en la persona, desde los primeros años de su formación educativa. Esa es la convicción que le da sentido a la modificación que hemos propuesto al artículo 3º de la Constitución.

En suma, los esfuerzos desplegados en esta reforma deberán orientar al Estado mexicano para guiar todas sus acciones, bajo el principio del absoluto respeto a los derechos humanos.



Por todas estas razones les pido a Ustedes, compañeras y compañeros Senadores, que apoyemos con decisión esta reforma que hoy tenemos la gran responsabilidad y el privilegio para decidir su destino.


Muchas gracias.




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